El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó modificar el reglamento de la Ley General de Aduanas mediante Decreto Supremo Nº 367-2019-EF, publicado hoy en El Peruano. Con ello, se busca agilizar las operaciones de comercio exterior, cautelar la seguridad de la cadena logística y fortalecer el accionar de la Sunat.
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De este modo, se modificaron los artículos 9 y 10, el Título II de la sección segunda y varias decenas de artículos del reglamento.
Uno de los cambios está referido al artículo 60, con respecto a los documentos en los regímenes aduaneros. Se establece que estos son:
entos en los regímenes aduaneros. Se establece que estos son:
Regímenes aduaneros |
Documentos |
Para la importación para el consumo |
1. Declaración Aduanera de Mercancías
2. Documento de transporte
3. Factura, documento equivalente o contrato, según corresponda; o declaración jurada en los casos que determine la Administración Aduanera
4. Documento de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda |
Para la reimportación en el mismo estado |
1. Declaración Aduanera de Mercancías
2. Documento de transporte
3. Factura, boleta de venta o declaración jurada, aquella que haya sido presentada en la exportación definitiva |
Para la admisión temporal para reexportación en el mismo estado |
1. Declaración Aduanera de Mercancías
2. Documento de transporte
3. Factura, documento equivalente o contrato según corresponda
4. Documento de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda
5. Declaración Jurada, indicando el fin y ubicación de la mercancía
6. Declaración Jurada de Porcentaje de Merma, cuando corresponda
7. Garantía |
Para la exportación definitiva |
1. Declaración Aduanera de Mercancías
2. Documento de transporte
3. Factura o boleta de venta, cuando exista la obligación de emitirla; de no existir tal obligación, una declaración jurada en la forma que determine la Administración Aduanera. |
Para el depósito aduanero |
1. Declaración Aduanera de Mercancías
2. Documento de transporte
3. Factura, documento equivalente, o contrato según corresponda
4. Documento de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda |
Para la reposición de mercancías en franquicia |
1. Declaración Aduanera de Mercancías
2. Cuadro de Insumo Producto
3. Factura, documento equivalente o contrato, según corresponda, de importación de mercancía
4. Factura o Boleta de Venta, según corresponda, de exportación de mercancía |
Además de los documentos consignados, los que se requieran por la naturaleza u origen de la mercancía y de los regímenes aduaneros, la Administración Aduanera puede solicitar información adicional, según se establezca mediante procedimiento.